Adquisición de vivienda en Colombia desde el Exterior

El Programa Colombia Nos Une, ha adelantado una serie de alianzas público – privadas con entidades del sector inmobiliario que le ofrece al colombiano radicado en el exterior contar con posibilidades que le permiten adquirir vivienda en Colombia comprada desde el exterior.


 

¿Cómo puede un colombiano adquirir vivienda en Colombia desde el exterior?

 

Los colombianos residentes en los Estados Unidos y México, cuentan con dos opciones para adquirir su vivienda en Colombia desde el exterior, ya sea a través del ahorro, por créditos hipotecarios o de contado.

 

Un colombiano que radica en otras zonas del mundo, cuenta con la posibilidad de comprar vivienda en Colombia desde el exterior a través de créditos hipotecarios de vivienda con las inmobiliarias del país o de contado.


 

¿Qué entidades ofrecen esta opción a los colombianos radicados en el exterior?

 

1. Fondo Nacional del Ahorro – FNA

2. Inmobiliarias

 

 

 

 

Fondo Nacional del Ahorro – FNA


 

 

 

¿Qué ofrece el Fondo Nacional del Ahorro a los colombianos que residen en el exterior?

 

El FNA le ofrece al colombiano que reside en Estados Unidos y México la opción de ahorrar en Colombia a través de una Cuenta de Ahorro Voluntario Contractual (AVC), la cual le permitirá pasado un año (12 meses) de ahorro tener la posibilidad de acceder a un crédito hipotecario a tasas más bajas que las del mercado, sin fiador, lo cual le permitirá adquirir una casa o apartamento en cualquier lugar de Colombia.

 

 

¿Cuáles son los requisitos para realizar el proceso de afiliación?

 

- Ser colombiano

- Residir en EEUU y México

- Tener estatus migratorio regular definido

 

 

¿Qué documentos necesita un colombiano en el exterior para afiliarse al Fondo Nacional del Ahorro?

 

Fotocopia de la cédula de ciudadanía colombiana. Sin embargo, es importante recordar que al momento de solicitar el crédito le será requerido el documento que acredite el estatus migratorio regular definido de acuerdo al país de residencia (EEUU, México)

 

 

¿Cómo puede un colombiano en el exterior afiliarse al Fondo Nacional del Ahorro?

 

El colombiano en el exterior interesado en afiliarse al FNA puede hacerlo a través de un apoderado o directamente cuando se encuentre en Colombia, diligenciando un formulario de inscripción en donde debe estipular las condiciones de su ahorro, junto a una fotocopia de su cedula.

 

 

¿Cómo puede un colombiano desde el exterior nombrar un apoderado en Colombia?

 

Para nombrar el apoderado, debe diligenciar el modelo de poder especial que le será entregado por el FNA, el cual debe apostillar y/o legalizar para enviarlo en original al FNA.

 

- Apostilla: para los países que hacen parte del convenio de la Haya, este proceso debe llevarse a cabo con la entidad encargada de este oficio  en el país donde se otorga el poder especial o general, luego de dicho trámite el documento ya es válido en Colombia. Si el documento está en Inglés o en otro idioma diferente al castellano, debe ser traducido y posteriormente la firma del traductor debe ser legalizada en la oficina de Apostillas y legalizaciones en Bogotá D.C. en la Av. 19 # 98-03 Piso 6.

 

- Legalización: Para los países que no pertenecen a la Convención de La Haya, el poder sin firmar que sea enviado por el FNA deberá ser legalizado y ser llevado junto con la cédula o pasaporte vigente, al Consulado o Embajada de Colombia más cercana al lugar de residencia, y ser presentado al regreso a Colombia en la oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia en la oficina de  legalizaciones en Bogotá D.C. en la Av. 19 # 98-03 Piso 6.

 

 

Horario de atención:

- 8:00 am a 4:30 pm si usted va a realizar el trámite de 1 a 10 documentos

- 8:00 am a 3:00 pm si usted va a realizar el trámite de 11 a 50 documentos

 

Si el documento está en Inglés o en otro idioma diferente al castellano, debe ser traducido y posteriormente la firma del traductor debe ser legalizada en la oficina de Apostillas y legalizaciones en Bogotá D.C. en la Av. 19 # 98-03 Piso 6.

 

 

¿El apoderado puede realizar cualquier trámite en las oficinas del Fondo Nacional del Ahorro?

 

Sí. Para su facilidad el FNA aceptará como documento valido el poder en el cual se autorice a una persona residente en Colombia para realizar la afiliación al Ahorro Voluntario Contractual (AVC) del FNA. 

 

 

¿Cómo puede un colombiano en el exterior iniciar su Ahorro Voluntario Contractual? 

 

Una vez afiliado al FNA, esta entidad le enviará al correo electrónico el instructivo de pago, en donde es posible autorizar a una persona en Colombia para que en su nombre realice los pagos, para esto no es necesario un poder, solo debe contar con los formatos de pago respectivos.

 

 

¿Después de realizar el Ahorro Voluntario Contractual por un año el colombiano en el exterior puede presentar la solicitud de crédito para compra de vivienda en Colombia?

 

Sí. Para ello el colombiano en el exterior debe haber ahorrado de forma mensual durante un año continuo; haber sido puntual en los pagos, y adjuntar los documentos de acuerdo a su condición de trabajador independiente o dependiente.

 

A través de su apoderado El colombiano en el exterior debe enviar los documentos de solicitud de crédito, los cuales le serán informados por la entidad en el momento de realizar la solicitud.

 

 

¿Por qué los colombianos residentes en países diferentes a Estados Unidos y México no pueden acceder a los créditos ofrecidos por el Fondo Nacional del Ahorro?

 

Inicialmente el FNA ha adoptado el modelo operativo para el otorgamiento de crédito a los residentes en éstos países, posteriormente se cubrirán otras naciones.

   


¿Cómo puede contactarse un colombiano en el exterior con el Fondo Nacional del Ahorro – FNA?

 

- A través de su página web: www.fna.gov.co

- A través del correo electrónico [email protected]

- AUDIOFONDO Bogotá (+ 57 1) 307 70 70

- Línea Gratuita Nacional: 01 8000 52 7070 - FAX (57 + 1) 414 37 39

 

 

 

 

Compra con inmobiliarias en el país

 

 

 

 

¿Cuáles son los pasos que debe realizar un colombiano desde el exterior para adquirir vivienda en Colombia por medio de una inmobiliaria?

 

1. Selección de la vivienda de acuerdo a sus expectativas

2. Nombramiento de un apoderado en Colombia

3. Pago o financiación de la vivienda 

4. Firma de promesa de compraventa

5. Pagos de gastos adicionales

6. Firma de escritura

7. Entrega de vivienda

 

 

¿Cómo puede un colombiano en el exterior conocer los proyectos de vivienda existentes en Colombia?

 

Puede ingresar a la página de la Cámara Colombiana de la Construcción – CAMACOL www.camacol.co o a la de la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz de Colombia – FEDELONJAS, www.fedelonjas.org.co, y consultar en los afiliados al gremio los proyectos inmobiliarios en la respectiva región de su interés en Colombia.

 

 

¿Cómo se realizan los trámites en Colombia estando en el exterior?

 

Es importante que algún familiar o conocido ayude a verificar las condiciones del proyecto inmobiliario en Colombia y además que lo pueda representar en el país, sin ningún compromiso. El apoderado realizará los trámites correspondientes para firmar la promesa de compraventa y demás que se requieran para la legalización del negocio. Tenga en cuenta que la inversión quedará a su nombre.

 

 

¿Cómo se nombra un apoderado en Colombia desde el exterior?

 

Para nombrar el apoderado, se debe diligenciar el modelo de poder especial enviado por la Constructora, el cual se debe apostillar y/o legalizar para enviarlo en original a la Constructora. 

 

- Apostilla: para los países que hacen parte del convenio de la Haya, este proceso debe llevarse a cabo con la entidad encargada de este oficio  en el país donde se otorga el poder especial o general, luego de dicho trámite el documento ya es válido en Colombia. Si el documento está en Inglés o en otro idioma diferente al castellano, debe ser traducido y posteriormente la firma del traductor debe ser legalizada en la oficina de Apostillas y legalizaciones en Bogotá D.C. en la Av. 19 # 98-03 Piso 6.

 

- Legalización: Para los países que no pertenecen a la Convención de La Haya, el poder sin firmar que sea enviado por la constructora deberá ser legalizado y ser llevado junto con la cédula o pasaporte vigente, al Consulado o Embajada de Colombia más cercana al lugar de residencia, y ser presentado al regreso a Colombia en la oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia en la oficina de legalizaciones en Bogotá D.C. en la Av. 19 # 98-03 Piso 6.

 

 

Horario de atención:

- 8:00 am a 4:30 pm si usted va a realizar el trámite de 1 a 10 documentos

- 8:00 am a 3:00 pm si usted va a realizar el trámite de 11 a 50 documentos

 

Si el documento está en Inglés o en otro idioma diferente al castellano, debe ser traducido y posteriormente la firma del traductor debe ser legalizada en la oficina de Apostillas y legalizaciones en Bogotá D.C. en la Av. 19 # 98-03 Piso 6.

 

 

¿Qué opciones de pago tiene el colombiano en el exterior para comprar casa o apartamento en Colombia?

 

El colombiano en el exterior cuenta con dos opciones para cancelar el valor total de su vivienda en Colombia:

 

1. Pago de Contado: para el momento de entrega del inmueble, el cliente debe haber cancelado el valor total del inmueble, así se realizará el proceso de escrituración y entrega  del inmueble.

 

2. Pago por medio de Crédito hipotecario: para el momento de la entrega del inmueble, el cliente debe haber cancelado la cuota inicial, y haber tramitado y tener aprobado  el crédito hipotecario; así se realizará el proceso de escrituración y entrega del inmueble.

 

 

¿Cómo es el proceso de pago de un inmueble en Colombia?

 

Para adquirir un inmueble en Colombia usted debe realizar los siguientes pagos:

 

- Pagar una cuota inicial: 30% del total del bien o el porcentaje pactado con la constructora o empresa vendedora; el tiempo del plazo depende del estado del proyecto de vivienda y de lo que se acuerde con la compañía vendedora; por ejemplo, si está en planos y le restan dos (2) años para su construcción, usted muy probablemente contará con este tiempo para pagar su cuota inicial.  Los pagos se pueden hacer directamente a la constructora o por transferencia desde su propio banco sin necesidad de utilizar intermediarios.

 

- Pago final: Hasta el 70% del valor del inmueble, el cual podrá pagar de contado o por medio de un crédito hipotecario con una entidad financiera en Colombia que le financiara teniendo en cuenta sus ingresos en el exterior.  El crédito se podrá tomar en pesos (cuota fija), o en UVR (unidad de valor real) con un plazo que varia entre los 5 y los 20 años.  También podrá considerar la opción de financiar mediante Leasing habitacional.

 

 

¿Quién puede otorgarle financiación a un colombiano en el exterior para acceder a créditos hipotecarios en Colombia?

 

- Bancolombia

- Giros y Finanzas

- Davivienda

- BBVA

- Colpatria

 

 

¿Cómo se legaliza la compra del inmueble desde el exterior?

 

Se deberá legalizar la compra del inmueble con la firma de la promesa de compraventa, la cual puede realizar a través del apoderado en Colombia en donde se debe incluir la siguiente información:


- El valor a pagar

- Número de cuotas

- Fechas de pago

 

 

¿Qué otros procesos debo llevar a cabo para legalizar la compra del inmueble?


Se debe cancelar los gastos de la boleta fiscal, registro y los gastos de constitución de hipoteca, cuyos valores figuran en la promesa de compraventa, para luego firmar la escritura pública a través del apoderado en Colombia.


Por directriz del Banco de la República para la adquisición de vivienda desde el exterior de acuerdo a la Circular Reglamentaria Externa a DCIN-83 de 2011,  se debe diligenciar el Formulario No. 5 Declaración de Cambios por Servicios, transferencias y otros conceptos  además de sus datos personales deberá incluir el código de servicio 1812 referente a Remesas de Trabajadores para adquisición de vivienda. Este formulario lo puede consultar en: http://quimbaya.banrep.gov.co/secinternet/operaciones.jsp?opcion=servicio

 

 

 

 

Para aclarar sus inquietudes sobre adquisición de vivienda en Colombia desde el exterior, contacte a la asesora del Programa Colombia Nos Une, Mariana Londoño, a través del e-mail: [email protected] o del teléfono: (57-1) 3814000 extensión 1245.