Cada vez más colombianos optan por adelantar estudios, en diferentes niveles, fuera del país, sin embargo para que los títulos obtenidos en el exterior tengan validez en Colombia, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Educación, debe efectuar un reconocimiento sobre el título otorgado. Conozca cómo se realiza este procedimiento.

 

 

 

 

¿Qué debo conocer del proceso de convalidación?

 

¿Cuál es la diferencia entre una homologación y una convalidación?

 

       Convalidación                                Homologación 

 

Implica tener un titulo que se someterá al trámite de convalidación.  

No se tiene título alguno, solo créditos o materias cursadas. 

 

Trámite correspondiente al Ministerio de Educación Nacional.  


 

Trámite correspondiente a las Instituciones de Educación Superior, en virtud de la Ley 962 de 2005. 

 

Al finalizar el trámite se emite un Acto administrativo. 


Al finalizar, el trámite de Educación Superior, determina cuáles créditos o materias han sido homologadas y los faltantes para la obtención del título. 

 

¿Qué debo tener en cuenta al escoger una universidad extranjera, para que mi título sea convalidado?

 

Es importante verificar ante el Ministerio de Educación, o quien haga sus veces en el país donde desea adelantar sus estudios, que la institución se encuentra debidamente autorizada para impartir estudios de educación superior. De igual manera, debe verificar la naturaleza jurídica del título así como la metodología bajo la cual se desarrolla el programa. En todo caso, es menester reiterar que ante un eventual trámite de convalidación es necesario someter a un examen de legalidad y examen académico los estudios cursados con el fin de determinar su equivalencia en Colombia, razón por la cual no es posible realizar un estudio a priori del título a convalidar. 


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¿Cómo puedo verificar si una institución de educación superior extranjera está autorizada para otorgar títulos de pregrado y posgrado?

 

Puede consultar las páginas de los ministerios de educación y agencias acreditadoras correspondientes de cada país y verificar que la institución de educación superior está debidamente autorizada por las autoridades competentes, tanto para impartir estudios como para otorgar títulos de educación superior. 

 

Puede dirigirse a http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-264893.html, donde encontrara un directorio de ministerios y agencias acreditadoras de diferentes países. 


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¿Cómo sé si mi título de educación superior obtenido en el exterior es convalidable?

 

En primer lugar es importante saber que ante un eventual trámite de convalidación, es necesario someter a un examen de legalidad y un examen académico los estudios cursados, con el fin de determinar la equivalencia en Colombia. No obstante, es menester advertir que no es posible hacer un estudio a priori de la convalidación de sus títulos, toda vez que el resultado de la procedencia o no de estos se dará una vez se adelante el procedimiento señalado en las normas y se verifique cada uno de los criterios establecidos para la convalidación de títulos otorgados en el exterior (Articulo 3 Resolución No. 5547 del 1 de diciembre de 2005). En todo caso le sugerimos verificar antes de iniciar su solicitud, que la institución de educación superior esté legalmente reconocida por las autoridades competentes de cada país, igual que el programa que desea cursar. 


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¿Cuál es el proceso para convalidar un título obtenido online o a distancia? 

 

Para convalidar un título obtenido online o a distancia, el interesado debe realizar el trámite de convalidaciones establecido en el artículo 178 del Decreto 019 de 2012 y en la Resolución 5547 del 1° de diciembre de 2005. Adicionalmente, es preciso advertir que respecto a los estudios adelantados virtualmente o a distancia el Ministerio de Educación Nacional por medio de la circular 21 del 27 de septiembre de 2004, se pronunció de la siguiente manera: "Las instituciones de educación superior extranjeras tienen dos opciones para ofrecer programas presénciales de educación superior en nuestro país: 1. Con el reconocimiento expreso como institución de educación superior, de acuerdo con las normas vigentes. 2. Con la suscripción de un convenio con una institución de educación superior colombiana, previa la obtención del registro calificado para el respectivo programa. Si el programa se ofrece bajo esta metodología, (a distancia) los usuarios deben informarse sobre las condiciones reales en que se ofrece el programa, tales como la necesidad de contar con herramientas adicionales a las que le ofrece la institución o si se requiere desplazamientos al país de origen de la institución oferente, entre otras. Por ello se recomienda a los interesados en cursar estudios de educación superior, verificar si la institución de educación superior que ofrece el programa cuenta con el reconocimiento en Colombia o si el programa es ofrecido en convenio con una institución de educación superior colombiana. De no encontrarse en ninguna de estas dos situaciones, el interesado asume la responsabilidad de informarse sobre el reconocimiento legal con que cuenta la mencionada institución de educación superior extranjera en su país de origen. Para que un título de educación superior otorgado por una institución de educación superior extranjera sea válido en Colombia, debe someterse al trámite de convalidación establecido en la Resolución 1567 del 3 de junio de 2004, con los requisitos que en ésta se exigen, tales como la presentación del título debidamente legalizado por el país de origen de la institución que lo otorga, el certificado de calificaciones en original debidamente legalizado, entre otros. 



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¿Qué diferencia hay entre los títulos propios y oficiales otorgados por IES españolas?

 

• Los títulos oficiales, son los que acreditan la completa superación de un plan de estudios de carácter oficial y que tienen validez académica y profesional en todo el territorio nacional. Estos títulos se expiden por la Universidad, en nombre del Rey, con el respaldo y respectivo registro en el Ministerio de Educación y Ciencia de España, su denominación está reservada en exclusiva a ellos, y sus características físicas (soporte, texto, etc.) están reguladas por el Estado y su metodología viene establecida por créditos académicos. 

 

• Los títulos propios, son los que las Universidades pueden expedir para acreditar la superación de otras enseñanzas, no oficiales, establecidas por ellas en virtud de su autonomía. Estos carecen, por definición, de los efectos académicos y profesionales de los títulos oficiales, son otorgados únicamente por la Universidad. Estos no son objeto del trámite de convalidación. 


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¿Qué diferencia hay entre los títulos propios y oficiales otorgados por IES francesas?

 

En Francia existen dos tipos de titulaciones que pueden ser desarrolladas por las universidades y que su resultado es la obtención de un TÍTULO DE LA UNIVERSIDAD o de un TÍTULO DEL ESTADO. Los primeros son aquellos otorgados por una universidad, firmados por el respectivo presidente de la misma, carecen de unidad de medida establecida en créditos y la denominación del título es distinta. Los segundos, por el contrario, sí se enmarcan dentro de citados niveles de formación franceses, toda vez que son aquellos otorgados por la universidad con el respaldo del Estado francés a través de su Ministerio de Educación, que cuentan con una unidad de medida en créditos, actualmente ECTS (European Credit Tranfer System) y que por consiguiente producen efectos académicos y profesionales y respaldo del gobierno francés en todo el Espacio Europeo de Educación Superior. En lo que respecta a las formaciones, la legislación francesa en materia de educación superior exclusivamente contempla y reconoce tres niveles, a saber licencia, maestría y doctorado. Por ende los títulos otorgados con diferente denominación, no tienen el reconocimiento oficial por el Estado francés y en consecuencia tampoco el Ministerio de Educación Nacional en Colombia podrá reconocerlos como tal. 


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¿Qué es “debidamente legalizado”?

 

Debidamente legalizado hace referencia al proceso de autenticación que se hace sobre los documentos otorgados en el extranjero y que tiene como finalidad hacer presumir en territorio colombiano que dichos documentos fueron otorgados conforme a la ley del respectivo país. 


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Si la institución otorgante del título no expide certificación de calificaciones, ¿qué documento la reemplazaría?

 

En caso de pérdida del documento, el interesado deberá tramitar nuevamente la expedición del duplicado respectivo y luego presentar tal documento para el trámite de convalidación, con el cumplimiento de los demás requisitos señalados en la normatividad vigente. Si el interesado en convalidar el título manifiesta que la institución que lo otorgó no expide duplicado, deberá acreditar esta situación mediante comunicación formal expedida por la respectiva institución en la que adicionalmente se deberá aclarar cuál es el documento que hace las veces del diploma para acreditar dicho título en el país de origen. Dependencia Responsable: Subdirección de Aseguramiento de la Calidad 

 

¿Si no tengo mi título original puedo presentar una solicitud de convalidación?

 

En caso de no tener su título original, puede en virtud del artículo décimo primero de la Resolución 5547 del 1 de diciembre de 2005, solicitar Régimen Excepcional el cual establece que “cuando por circunstancias ajenas a la voluntad del solicitante, debidamente justificadas, no le sea posible aportar al momento de presentar la solicitud o durante el trámite de convalidación, uno o varios de los documentos requeridos en la presente Resolución, el Comité integrado por el Director de Calidad para la Educación Superior, el Coordinador de la sala respectiva de la Comisión Nacional Intersectorial para el Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior- CONACES, el Subdirector de Aseguramiento de la Calidad y el Coordinador del Grupo de Convalidaciones, evaluará la solicitud y decidirá si es procedente o no efectuar la convalidación de dichos estudios”. Así mismo, es importante saber que en caso de presentar un certificado supletorio del diploma, este debe ser emitido por la universidad, estar avalado por el Ministerio de Educación de Francia y estar debidamente apostillado por vía diplomática. Actualizado: Junio 06 de 2012 Dependencia Responsable: Subdirección de Aseguramiento de la Calidad 

 

¿Qué debo saber sobre el trámite de Convalidación de Titulos?


http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-propertyvalue-45200.html


El Ministerio de Educación Nacional informa:

Que los términos para el trámite de convalidaciones de títulos expedidos en el exterior, oscilan entre dos (2) y cuatro (4) meses.

El ÚNICO PAGO que debe realizar el interesado es el valor consignado como requisito al inicio del proceso y que se verifica en la cuenta 0013-310-0100000161 del BBVA a nombre de la entidad.

Ningún servidor está autorizado para solicitar o recibir pagos adicionales por cumplir las funciones propias de su cargo.

En el Ministerio de Educación Nacional estamos comprometidos con el servicio al ciudadano y hemos dispuesto procesos y procedimientos para brindar un mejor servicio, por lo que le agradecemos que, en caso de conocer cualquier irregularidad, la denuncie formalmente, al correo electrónico [email protected] para poder garantizar la transparencia y el comportamiento ético del personal de la entidad.


¿Cómo se desarrolla?


Ante un eventual trámite de convalidación, es necesario someter el título a una evaluación académica, con el fin de determinar la equivalencia en Colombia.


Con el examen de legalidad se evalúan aspectos tales como la naturaleza jurídica de la institución que otorga el título, la naturaleza jurídica del título otorgado y la metodología bajo la cual se desarrolló el programa académico cursado por el solicitante. Con el examen académico de los estudios cursados por el solicitante, adelantado durante el trámite de convalidación, se determina que éstos sean razonablemente equivalentes a los ofrecidos en Colombia.


En este sentido, los estudios son objeto de una evaluación académica por parte de pares expertos, que teniendo en cuenta el contenido del programa, la intensidad horaria, el número de créditos, los trabajos de investigación, si es del caso, entre otros, determinan la denominación y la equivalencia de los estudios cursados.


¿A quién está dirigido?

El trámite de convalidación está dirigido a todos aquellos profesionales que realizaron estudios superiores en el extranjero y quieren validarlos en Colombia.


¿Cuáles son los pasos? 

1. Una vez cuente con los documentos completos requeridos para solicitar el trámite de convalidación, debe presentarlos en la Unidad de Atención al Ciudadano - UAC, del Ministerio de Educación Nacional (Calle 43 No. 57 - 14, Bogotá).


2. En la UAC le harán entrega de la certificación del trámite de convalidación.


3. Durante el proceso de convalidación, usted puede consultar el estado de su trámite mediante la página del Sistema de Atención al Ciudadano, con el usuario y contraseña que le otorgan en el momento de radicar sus documentos.


4. Cuando el acto administrativo correspondiente a su proceso sea emitido, recibirá una citación en la dirección registrada, para notificarse ante la UAC y recibir copia del respectivo acto.


¿Dónde se realiza?

El trámite de solicitud de convalidación debe hacerse directamente en el Ministerio de Educación Nacional en la Unidad de Atención al Ciudadano (Calle 43 No. 57 - 14, Bogotá - Colombia).


¿Qué costo tiene?

Conozca el costo de los trámites de Pregrado

 

Conozca el costo de los trámites de Posgrado

 

Para mayor información diríjase a la página del Ministerio de Educación Nacional – MEN www.mineducacion.gov.co/convalidaciones 


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