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Hola,soy Glora patricia me interesaria saber que procedimiento debo de seguir para realizar retorno a Colombia con mis pertenencias,mobiliario completo,electrodomesticos y un auto con 5 años de propiedad,Gme encuentro radicada en España.Gracias
buenas tardes mi pregunta es acerca de la ley 31 de Julio la Ley 1565 .
acerca de artículo 2°, quedarán exentos del pago de todo tributo y de los derechos de importación que graven el ingreso al país de los siguientes bienes:
a) Menaje de casa hasta dos mil cuatrocientas Unidades de Valor Tributario (2400 UVT).
b) Instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital, y demás bienes excepto vehículos, que usen en el desempeño de su profesión, oficio o actividad empresarial, hasta diecisiete mil ciento treinta Unidades de Valor Tributario (17.130 UVT), siempre que sean destinados al desarrollo de su profesión en Colombia.
como puedo informarme mejor. vivo en españa
Buenos días, quisiera saber los trámites para llevar un coche a Colombia, es nuevo, y dónde puedo consultar los costes de nacionalización. Gracias
HOLA: Leyendo el documento elaborado por la DIAN para aclarar dudas.Tengo la presente inquietud si llegado el manaje domestico a a puerto colombiano 1 mes antes que el propietario o 4 meses despues y se inician inmediatamente los tramites para su solicituddando cumplimiento a todos los requisitos.Una vez finalizado el tramite con la obtenciòn de la acta en la cual el inspector de la Dian otorga el levante de la mercancìa en calidad de menaje.
Podre ejercer el derecho sobre dicho menaje solamente trascurridos 5 años apartir de la fecha de levante????. Si es correcto lo entendido me parece algo totalmente desproporcionado y encausado solo a beneficios de particulares; Por que si cumplido todo el tràmite debo dejar el menaje en deporitos publicos o zonas francas esto me GENERA UN SOBRECOSTO DE ALMACENAMIENTO DE 5 AÑOS?????????? POR FAVOR ACLARARMELO¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡.