Los colombianos que han adelantado sus estudios de educación básica y secundaria fuera del país deben realizar un reconocimiento sobre el título bachiller obtenido en el exterior o sobre los estudios parciales de preescolar, básica y media realizados fuera del territorio colombiano, a través del Ministerio de Educación Nacional – MEN- para que estos tengan validez en Colombia para continuar con los estudios o trabajar en el país.


¿Qué es el trámite de convalidación de título de bachiller?


Es el trámite que se debe realizar para la Convalidación del Título de Bachiller si lo obtuvo en otro país.


¿Qué documentos debo acreditar para convalidar mi título de bachiller en el país?

 

TRÁMITES EN EL EXTERIOR:

 

Apostilla o legalización

 

Todos los documentos traídos desde el exterior deben estar debidamente apostillados o legalizados, (depende del país de origen del documento), lo cual tiene como finalidad validar en territorio colombiano que estos fueron otorgados conforme a la ley del respectivo país.

 

Apostilla: Para los países que se encuentran dentro de la Convención de La Haya, los documentos deben ser apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores o la entidad encargada de este trámite del país donde se otorga el título; luego de dicho trámite el documento ya es válido en Colombia.

 

Legalización: Para los países que no pertenecen a la Convención de La Haya, los documentos deben ser legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores o la entidad encargada de este trámite en dicho país. Luego dicho proceso se debe validar los documentos ante el Consulado o Embajada de Colombia más cercana a su lugar de residencia, y a su regreso a Colombia en la oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia en la dirección: Av. Carrera 19 N° 98-03 Edificio Torre 100, Piso 6° de 8:00 am a 4:30 pm 

 

TRÁMITES EN COLOMBIA:

 

Documentos a entregar:

 

1. Diligenciar el formulario de la Solicitud de Convalidación de Título de Bachiller.

 

2. Debe anexar la fotocopia del título que será cotejada con la presentación del título original.

 

3. Fotocopia legible de documento de identidad colombiano (Tarjeta de Identidad, Registro Civil, Cédula de Ciudadanía). Si es extranjero, el Pasaporte. Los documentos deben ser vigentes y priman los documentos colombianos.

 

4     Tenga en cuenta que todo titulo y los respectivos sellos expedidos en otro idioma deben ser traducidos al español por un traductor oficial de la lista de inscritos del Ministerio de Relaciones Exteriores. En el siguiente enlace puede ver el listado de traductores oficiales: https://tramites.cancilleria.gov.co/ciudadano/directorio/Traductores/traductores.aspx.

 

5    Luego de realizada la traducción, deberá legalizar la firma del traductor oficial (sin costo alguno) en las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá.

 

Legalización en Bogotá D.C.

• Av. Carrera 19 N° 98-03 Edificio Torre 100, Piso 6°

Horario de atención:  8:00 am a 4:30 pm 

 

El trámite tiene un término de respuesta de 15 días hábiles y no tiene ningún costo. Debe presentar los documentos personalmente en el Ministerio de Educación Nacional (Calle 43 No. 57-14 - Centro Administrativo Nacional – CAN).


¿Qué normas regulan este trámite?

 

-       Resolución 631del 23 de 1977.

-       Resolución 6571 del 1977.

-       Decreto 921 de mayo 6 de 1994.

-       Resolución 2985 del 1993.

-       Decreto 860 de 2003.

 

CONVALIDACIÓN PARCIAL DE PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA


¿Qué es el trámite parcial de convalidación para preescolar, básica y media?


Es el trámite que se debe realizar para la Convalidación de estudios parciales de preescolar, básica y media realizados en el exterior, necesarios para continuar con el proceso de obtención del Título de Bachiller en el país.


TRÁMITES EN EL EXTERIOR:

 

Apostilla o legalización

 

Todos los documentos traídos desde el exterior deben estar debidamente apostillados o legalizados, (depende del país de origen del documento), lo cual tiene como finalidad validar en territorio colombiano que estos fueron otorgados conforme a la ley del respectivo país.

 

Apostilla: Para los países que se encuentran dentro de la Convención de La Haya, los documentos deben ser apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores o la entidad encargada de este trámite del país donde se otorga el título; luego de dicho trámite el documento ya es válido en Colombia.

 

Legalización: Para los países que no pertenecen a la Convención de La Haya, los documentos deben ser legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores o la entidad encargada de este trámite en dicho país. Luego dicho proceso debe ser validado ante el Consulado o Embajada de Colombia más cercana a su lugar de residencia, y a su regreso a Colombia debe ser validado en la oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia en la dirección: Av. Carrera 19 N° 98-03 Edificio Torre 100, Piso 6° de 8:00 am a 4:30 pm  

 

TRÁMITES EN COLOMBIA:

 

Documentos a entregar:

 

1. Diligenciar el formulario de la Solicitud de Convalidación de estudios parciales de educación básica y media

 

2. Debe anexar los certificados originales de cursos o años aprobados completos debidamente legalizados.

 

3. Fotocopia legible de documento de identidad colombiano (Tarjeta de Identidad, Registro Civil, Cédula de Ciudadanía). Si es extranjero, el Pasaporte. Los documentos deben ser vigentes y priman los documentos colombianos.

 

4. Tenga en cuenta que todo titulo y los respectivos sellos expedidos en otro idioma deben ser traducidos al español por un traductor oficial de la lista de inscritos del Ministerio de Relaciones Exteriores. En el siguiente enlace puede ver el listado de traductores oficiales: https://tramites.cancilleria.gov.co/ciudadano/directorio/Traductores/traductores.aspx.

 

5. Luego de realizada la traducción, deberá legalizar la firma del traductor oficial (sin costo alguno) en las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá.

 

Legalización en Bogotá D.C.

• Av. Carrera 19 N° 98-03 Edificio Torre 100, Piso 6°

Horario de atención: 8:00 am a 4:30 pm 

 

El trámite tiene un término de respuesta de 15 días hábiles y no tiene ningún costo. Debe presentar los documentos personalmente en el Ministerio de Educación Nacional (Calle 43 No. 57-14 - Centro Administrativo Nacional – CAN). 


¿Qué normas regulan este trámite?

-       Resolución 631del 23 de 1977.

-       Resolución 6571 del 1977.

-       Decreto 921 de mayo 6 de 1994.

-       Resolución 2985 del 1993.

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Comentarios

Número de comentarios (1)

Comentarios

homologar

Enviado por Martha Lucia Pabón Vargas el 24/Feb/2014 - 01:31 pm.

Tiene alñgún costo monetario el homologar titulo bachiller y título de graduado en educación segundaria de ESPAÑA.